Reconocimientos médicos para la obtención de permisos para llevar embarcaciones de recreo
Licencia de navegación (Titulín)
Para embarcaciones de hasta 6 metros de eslora y navegación a máximo dos millas de la costa.
Patrón de navegación básica (PNB)
Para embarcaciones de hasta 8 metros de eslora si son de vela y hasta 7,5 metros si son de motor. Hasta 5 millas de la costa y podrán gobernar motos acuáticas.
Patrón de embarcaciones de recreo (PER)
Para embarcaciones a motor, o a motor y vela de hasta 15 metros de eslora. Hasta 12 millas de la costa y también podrán gobernar motos acuáticas.
Patrón de yate
Para embarcaciones a motor, o a motor y vela de hasta 20 metros de eslora. Hasta 60 millas de la costa.
Capitán de yate
Embarcaciones a motor , o a motor y vela sin limitación ninguna.
Patrón moto náutica A
Para motos naútica de potencia superior a 110 CV.
Patrón moto náutica B
Para motos naúticas de potencia comprendida entre 55CV y 110CV.
Estos títulos no tienen caducidad, pero las tarjetas se renovarán por 10 años. Las personas mayores de 70 renovarán cada 5 años. Para ello será necesario aportar DNI o NIE, una foto de carnet y el permiso de navegación que caduca.